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Moción de Reapertura: Cómo Reabrir una Orden de Deportación en Illinois y Wisconsin

Moción de Reapertura: Cómo Reabrir una Orden de Deportación en Illinois y Wisconsin

Por Dr. Jae Francis, abogado de inmigración, Francis Law Center · Última revisión: 12 de septiembre de 2026 · Read this page in English

Una moción de reapertura le pide al juez de inmigración o a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) que anule una orden de deportación por hechos que la corte nunca tuvo: una audiencia de la que nunca supo, un I-130 aprobado, nuevo peligro en su país o un abogado que no presentó la solicitud. Es la vía principal cuando ya venció el plazo de apelación. Francis Law Center las presenta ante la Corte de Inmigración de Chicago, que atiende Illinois y Wisconsin, y la BIA.

Puntos Clave

  • Para saber si tiene orden de deportación: Información Automatizada de Casos de EOIR o 800-898-7180, con su número A.
  • Una moción de reapertura dentro de 90 días de la orden final; reconsideración en 30 (INA §240(c)(6)–(7); 8 CFR 1003.2, 1003.23).
  • En ausencia: 180 días por circunstancias excepcionales, en cualquier momento por falta de notificación o custodia – y suspende la deportación automáticamente (INA §240(b)(5)(C)).
  • Tarifa: $1,065 ante el juez y $1,030 ante la BIA hasta el 30 de septiembre de 2026; $1,095 y $1,060 desde el 1 de octubre (91 FR 54211). Sin tarifa por falta de notificación o moción conjunta.
  • Las demás mociones no detienen la deportación – la suspensión se pide aparte – y salir del país después de presentarla equivale a desistir (8 CFR 1003.2(d), (f)).
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¿Cómo Saber si Tengo Orden de Deportación?

Consulte la Información Automatizada de Casos de EOIR o llame al 800-898-7180 con su número A – impreso en la Notificación de Comparecencia y en las cartas de USCIS o ICE; si no lo encuentra, podemos ayudarle. Revisamos el expediente y la Notificación de Comparecencia antes de aconsejar: la notificación decide la causal y el plazo.

¿Qué Es una Moción de Reapertura y en Qué Se Diferencia de una Apelación?

Es una solicitud al tribunal que decidió por última vez para que reabra el expediente por hechos nuevos. La apelación cuestiona la decisión con el expediente existente y vence en días; la reconsideración alega error de derecho, 30 días; la reapertura aporta algo nuevo, 90 días (8 CFR 1003.2(b)–(c)). Va a la Junta si ella decidió por última vez; si no, a la corte de inmigración (8 CFR 1003.23(b)(1)).

¿Cuál Es el Plazo para Presentar una Moción de Reapertura?

Noventa días desde que la orden quedó firme – al vencer el plazo de apelación o, si se apeló, con la decisión de la Junta – y una sola moción (INA §240(c)(7)). Fuera de esos límites:

  • Cambio de condiciones en el país – asilo o retención, sin límite si la prueba es material y no estaba disponible (8 CFR 1003.23(b)(4)(i)).
  • Mociones conjuntas con el DHS – sin límites (8 CFR 1003.2(c)(3)(iii)).
  • Mociones VAWA – una más dentro de un año, dispensable por circunstancias extraordinarias o dificultad extrema para el hijo (INA §240(c)(7)(C)(iv)).
  • En ausencia – 180 días, o sin límite por falta de notificación o custodia.
  • De oficio – el juez o la Junta pueden reabrir “en cualquier momento” (8 CFR 1003.2(a)).

El Séptimo Circuito permite la suspensión equitativa del plazo (equitable tolling) a quien fue diligente (Gaberov v. Mukasey, 516 F.3d 590 (7th Cir. 2008)), pero nunca una segunda moción (Matter of M-M-L-J-, 29 I&N Dec. 843 (BIA 2026)).

¿Cómo Se Quita (Rescinde) una Orden de Deportación en Ausencia?

Con una moción para rescindirla conforme a la sección 240(b)(5)(C) de la INA; no se apela. Dentro de 180 días, demuestre circunstancias excepcionales – maltrato o crueldad extrema, enfermedad grave suya, o muerte o enfermedad grave de un cónyuge, hijo o padre (INA §240(e)(1)). En cualquier momento, demuestre que nunca recibió la notificación o estaba bajo custodia sin culpa suya. Ambas suspenden la deportación automáticamente. La notificación decide estos casos: un aviso de audiencia con fecha, hora y lugar derrota el reclamo de falta de notificación aunque la NTA estuviera en blanco (Campos-Chaves v. Garland, 602 U.S. 447 (2024)); la enviada a la última dirección que dio al gobierno, incluso a USCIS antes de la NTA, basta (Matter of Diji, 30 I&N Dec. 1 (BIA 2026)); la presunción de entrega por correo ordinario puede refutarse (Matter of M-R-A-, 24 I&N Dec. 665 (BIA 2008)). Presente el EOIR-33/IC al mudarse.

Actúe rápido: la orden en ausencia conlleva una prohibición de 10 años para cancelación, salida voluntaria, ajuste, cambio de estatus y registro – solo si se le advirtió oralmente, en un idioma que entiende, de la audiencia y sus consecuencias (INA §240(b)(7)) – y quien se quedó y luego fue arrestado debe ahora $5,130 por arresto en ausencia (8 U.S.C. §1814); rescindir la orden lo elimina.

▶ EMBED VIDEO: Green Card Denied? Missing Court = Deportation (en inglés) #RemovalDefensehttps://www.youtube.com/watch?v=EPI3qyOlOuwvertical Short: set the video widget to 9:16

¿Cuánto Cuesta una Moción de Reapertura?

$1,065 ante el juez de inmigración y $1,030 ante la BIA hasta el 30 de septiembre de 2026; $1,095 y $1,060 desde el 1 de octubre. Una tarifa estatutaria de 2025 ($920, luego $950) se suma a la de EOIR en casi todas las mociones (tarifas de EOIR; 91 FR 54211):

  • Basada solo en una solicitud sin tarifa (asilo, retención, CAT): $920, luego $950.
  • Sin tarifa: falta de notificación o custodia en ausencia, conjuntas, solo suspensión y del DHS (8 CFR 1003.24(b)(2)). La de circunstancias excepcionales paga.
  • Exención de tarifa (Formulario EOIR-26A) por incapacidad de pago, con la moción; si se rechaza, 15 días para volver a presentar, con el plazo suspendido.
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¿Qué Hay que Probar para Ganar una Moción de Reapertura?

Tres cosas: prueba nueva y material que no pudo presentarse antes; elegibilidad prima facie para el alivio; y discreción favorable (8 CFR 1003.2(c)(1)) – una “carga pesada” (Matter of Coelho, 20 I&N Dec. 464 (BIA 1992)) que falla si falta cualquiera de los tres (INS v. Abudu, 485 U.S. 94 (1988)). Adjunte una solicitud lista para aprobarse: un I-130 aprobado de un cónyuge ciudadano estadounidense (residencia por matrimonio en deportación), una cancelación con prueba de dificultad, o asilo con informes del país. Pasados los 90 días, casarse con un ciudadano no es por sí solo una “situación excepcional” para la reapertura de oficio (Matter of Yadav, 29 I&N Dec. 438 (BIA 2026)); la vía realista es la moción conjunta con la aceptación escrita del DHS, que los adjudicadores no están obligados a conceder (PM 25-05). Si un abogado o “notario” no actuó, Matter of Lozada exige su declaración jurada, notificación al abogado para que responda y, desde julio de 2026, copia de la queja ante el colegio con prueba de presentación o la razón de no presentarla (Matter of L-R-M-C-), más prueba de que la falla cambió el resultado.

¿La Moción de Reapertura Detiene la Deportación?

No, salvo la moción para rescindir una orden en ausencia. Cualquier otra necesita una suspensión aparte del juez, la Junta o ICE (8 CFR 1003.2(f)); la de ICE va en el Formulario I-246 ($155). Si está detenido, la audiencia de fianza corre aparte. Dos trampas: salir de Estados Unidos después de presentarla equivale a desistir – el Séptimo Circuito resolvió que la barrera de salida no le quita a la Junta la jurisdicción sobre una moción a tiempo (Marin-Rodriguez v. Holder, 612 F.3d 591 (7th Cir. 2010)), pero quédese – y presentarla durante la salida voluntaria termina esa concesión y activa la orden alternativa, aunque no aplican las sanciones por no salir (8 CFR 1240.26).

¿Cuánto Tarda una Moción de Reapertura?

En nuestra experiencia, las mociones en ausencia con un defecto claro de notificación se deciden en semanas o pocos meses; las de nuevo alivio tardan más porque solo reinician el caso. El DHS tiene 20 días para responder ante la BIA (8 CFR 1003.2(g)(3)) y 10 días en las mociones en ausencia ante la corte; sin respuesta, se considera no opuesta, no concedida.

Cómo Maneja Francis Law Center las Mociones de Reapertura

Tenga a la mano: número A, papeles de la corte, de ICE o de un abogado anterior, direcciones desde la NTA y documentos del alivio; pero no espere.

  • Obtenemos el expediente – la NTA, los avisos de audiencia, los envíos y la fecha de la orden en ACIS.
  • Elegimos la causal y el plazo – notificación, circunstancias excepcionales, nuevo alivio, cambio de condiciones, asistencia ineficaz o moción conjunta.
  • Armamos primero la solicitud de alivio – I-130 y ajuste, 42B o asilo.
  • Probamos lo que no estaba disponible – declaraciones, direcciones, registros médicos y del país, y el paquete Lozada.
  • Presentamos por ECAS con la tarifa o exención y la solicitud de suspensión; si se niega, apelamos ante la BIA con el Formulario EOIR-26 – trate el plazo como 10 días calendario – y luego al Séptimo Circuito en 30 días.

Por Qué Elegir a Francis Law Center

Dr. Jae Francis dirige una práctica bilingüe de defensa contra la deportación que comparece con regularidad en la Corte de Inmigración de Chicago y presenta escritos ante la Junta y el Séptimo Circuito, desde Chicago, Schaumburg y Madison. Le decimos cuándo una moción no tiene posibilidad real y, cuando la tiene, la presentamos a tiempo.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una moción de reapertura?

90 días desde la orden final, una sola moción; la reconsideración, 30 días (INA §240(c)(6)–(7)). En ausencia: 180 días por circunstancias excepcionales, en cualquier momento por falta de notificación o custodia. Cambio de condiciones, conjuntas y VAWA quedan fuera de los 90 días; el plazo puede suspenderse para quien fue diligente, pero no hay segunda moción (Matter of M-M-L-J-, 29 I&N Dec. 843 (BIA 2026)).

¿Cuánto cuesta una moción de reapertura en 2026?

$1,065 ante el juez de inmigración y $1,030 ante la BIA hasta el 30 de septiembre de 2026; $1,095 y $1,060 desde el 1 de octubre (91 FR 54211). Las basadas solo en asilo, retención o CAT pagan $920, luego $950. Sin tarifa por falta de notificación, moción conjunta o solo suspensión (8 CFR 1003.24(b)(2)). Los honorarios del abogado son aparte.

¿Presentar la moción detiene mi deportación?

Solo la moción para rescindir una orden en ausencia, que según la ley “suspenderá la deportación” (INA §240(b)(5)(C)). Cualquier otra necesita una suspensión aparte del juez, la Junta o ICE (Formulario I-246); ICE puede ejecutar la orden entretanto.

¿Puedo reabrir mi caso si ya me deportaron?

A veces. El reglamento prohíbe la moción después de la salida (8 CFR 1003.2(d)), pero el Séptimo Circuito resolvió que no le quita a la Junta la jurisdicción sobre la única moción estatutaria a tiempo (Marin-Rodriguez v. Holder, 612 F.3d 591 (7th Cir. 2010)), aunque la Junta todavía puede aplicarlo por otros motivos. Nunca salga del país con una moción pendiente.

Mi abogado anterior nunca presentó mi solicitud. ¿Puedo reabrir por eso?

Sí, si cumple con Matter of Lozada, 19 I&N Dec. 637 (BIA 1988): su declaración jurada, notificación al abogado para que responda y – desde Matter of L-R-M-C-, 29 I&N Dec. 757 (BIA 2026) – la queja ante el colegio con prueba de presentación o la razón de no presentarla, más prueba de que la falla cambió el resultado.

El Reloj Empezó Cuando su Orden Quedó Firme
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Aviso Legal

Esta página ofrece información general únicamente y no constituye asesoría legal. Leerla no crea una relación abogado-cliente con Francis Law Center. Las leyes, tarifas y tiempos de inmigración cambian; consulte con un abogado sobre su situación específica.

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